miércoles, 9 de noviembre de 2011

Regimen de protecccion del parque natural de cabo de gata

Ámbito territorial

Datos territoriales del P.N. Cabo de Gata-Níjar.
Las 26.000 hectáreas protegidas por la norma de creación del parque natural, fueron ampliadas algunos años después, por Decreto 418/1994, de 25 de octubre, sustituido catorce años después por Decreto 37/2008, de 5 de febrero, al expirar el plazo de vigencia del anterior. Las nuevas tecnologías y la experiencia obtenida durante estos años, llevaron a precisar nuevamente los límites, que abarcan una extensión de 37.500 ha terrestres y 12.012 marinas, dotando además al parque de nueva cartografía.
Barriada de Agua Amarga
El parque se ubica en el extremo suroriental de la Península Ibérica, ocupando parte de tres términos municipales de la provincia de Almería.
La franja marítima protegida se extiende a lo largo de 63 km entre la Playa de las Salinicas en Carboneras y la Rambla de Aguas en el de la capital provincial, adentrándose hasta una milla náutica en el Mar Mediterráneo, siendo el mayor espacio marino protegido en la costa continental europea.6
El Acuerdo de 27 de enero de 2004, extiende además el área de influencia socio-económica del parque, incluyendo la totalidad de los términos municipales de Carboneras y Níjar, sin que se vea modificado el de Almería. También pertenece al parque natural una muy pequeña parte del municipio de Sorbas, aunque casi la mayoría de veces no se suele citar.

 Tutela y responsabilidad

 Organismos y entidades

La figura del parque natural se encuentra tutelada por la Agencia Andaluza de Medio Ambiente, dependiente de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, que cuenta con la Junta Rectora del Parque como órgano consultivo.
La Junta Rectora del Parque está constituida por:
La Reserva Marina, creada por Orden de 3 de julio de 1995, en el territorio del parque, es gestionada de forma compartida por el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino y la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.
Por lo que respecta a los bienes culturales inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz corresponde a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía su tutela y gestión, ocupándose la Agencia Andaluza de Medio Ambiente, de aquéllos que figuran en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, pero no forman parte del citado inventario.



 Gracias a este regimen el parque se conserva muy bien y las especies bien protegida.

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